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Todas las empresas comprendidas en el artículo 1.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, con independencia del número de personas trabajadoras en plantilla, están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar, previa negociación, medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

Para las empresas de cincuenta o más trabajadores, desde la aprobación del RDL 6/2019, desde el 7 de marzo de 2019, es obligatorio disponer de un Plan de Igualdad, tipificándose una nueva infracción grave en caso de incumplimiento con sanciones de hasta 6.250 euros, que pueden alcanzar los 187.515 euros en los casos más graves de discriminación o conductas de acoso.

Esta nueva obligación de compliance laboral en materia de igualdad, junto con la imposibilidad, introducida por la nueva Ley de Contratos con el Sector Público (Ley 9/2017), de contratar con la Administración Pública por parte de las empresas que no cuenten con planes de igualdad conforme a la normativa de aplicación, ponen de manifiesto la necesidad de contar con estos instrumentos en las empresas, no sólo para evitar infracciones por incumplimiento normativo, sino también, y especialmente, para fomentar y conseguir la igualdad de trato y oportunidades, así como prevenir situaciones de acoso en los entornos de trabajo.

Tanto el contenido de los planes de igualdad como los aspectos relativos a la igualdad retributiva entre mujeres y hombres con la obligación de contar con registros retributivos, valoración de puestos y auditorias retributivas en determinados supuestos, ha sido recientemente introducidos por los Reales Decretos 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres  (BOE 14-10-20), que introducen importantes novedades que se deben conocer para asegurar un óptimo cumplimiento de la norma en el ámbito de la igualdad en el trabajo.

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Lefebvre

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