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Desde la entrada en vigor en 2021 de la limitación del 5% en la exención del artículo 21 de la LIS, conjuntamente con la adaptación de las normas de transparencia fiscal internacional (TFI) a la Directiva ATAD, se producía una interacción de ambas normas que conllevaba una serie de efectos fiscales que perjudicaban a determinadas estructuras de inversión en el extranjero. Este desajuste normativo, ha quedado recientemente resuelto por la Dirección General de Tributos (DGT) en la resolución a la consulta V2138-24, de 3 de octubre, en la que el citado organismo se decanta claramente por un enfoque cualitativo del alcance de la exención del 21 LIS a los efectos del análisis de comparabilidad que requiere la norma de TFI.

Durante la sesión, abordaremos el criterio de esta resolución, que marca un hito para la fiscalidad de las estructuras de inversión en el extranjero.

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Cuatrecasas

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