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FIDE Sede COAM C/ Hortaleza 63
Madrid
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Ponentes:

  •  José María López-Alascio Torres, Coordinador de Área de la Subdirección de Impuestos sobre el Consumo de la Dirección General de Tributos
  •  José-Javier Pérez-Fadón Martínez, Ex-Subdirector General de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos, Dirección General de Tributos. Inspector de Hacienda. Doctor en Derecho (UCM)

Moderador:

  •  Miguel Cruz Amorós, Abogado, ex Director General de Tributos, Consejero de JAJ & Asociados. Consejero Académico de Fide

Objetivos:La introducción del IVA en España constituyó un reto de enorme magnitud en el orden económico y fiscal, al sustituirse un tributo indirecto acumulativo de tipo cascada, como el Impuesto General sobre el Tráfico de las Empresas, por un tributo sobre el valor añadido con deducción del impuesto soportado por repercusión en fases intermedias.De aquí que se produjeran varios intentos de regulación del IVA, aunque finalmente el Impuesto fuera introducido en paralelo a la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea en 1986. En concreto, por la ley 30/1985, de 2 de agosto, del Impuesto sobre el Valor Añadido.Fue el tercer intento, porque también forman parte de esta historia, el Proyecto de 14 de abril de 1.978 y el de 5 de junio de 1.981.Estamos pues en la frontera de los 40 años de aplicación efectiva del IVA en España, tiempo más que suficiente para poder realizar una revisión crítica de los resultados conseguidos, desde la perspectiva que proporciona la disponibilidad de la información acumulada desde entonces y las valoraciones empresariales, doctrinales y administrativas sobre su funcionamiento y validez actual.Este ciclo va dirigido a la revisión de la realidad actual del IVA y trataremos de abordar durante su desarrollo, las cuestiones técnicas o de aplicación más relevantes que plantea.La primera de ellas afecta al hecho imponible y las exenciones del Impuesto y se arrastra desde su configuración original. Se trata de su delimitación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados y resulta de indudable interés por su relación con las actividades inmobiliarias.

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