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Facultad de Derecho Universidad de Málaga Boulevard Louis Pasteur nº 26
Málaga
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Una vez más, ¡y van seis! el área de Derecho mercantil de la Universidad de Málaga convoca para los días 2 y 3 de febrero de 2023, el Congreso Nacional de Derecho de Sociedades convertido, gracias al trabajo de un gran equipo y a la comunidad de juristas que formamos quienes cada año participamos en él, en referente de calidad, actualidad, debate e intercambio.

Con ilusión renovada, os convocamos de nuevo con la colaboración del Colegio de Notarios de Andalucía, el Consejo General del Notariado, el Colegio de Registradores de España, el Colegio de Abogados de Málaga, la editorial Tirant lo Blanch y el apoyo de nuestros patrocinadores habituales, a los que desde aquí queremos agradecer su compromiso con nosotros.

¡Somos una comunidad!, académicos, abogados, magistrados registradores y notarios que compartimos conocimientos y experiencias y debatimos, ponentes y público, sobre las cuestiones esenciales en la aplicación práctica del Derecho de Sociedades. Cada año, con un hilo conductor al que se refieren todas las mesas y rondas.

En este VI Congreso Nacional de Derecho de Sociedades el centro de todas las actividades es EL CONTRATO DE SOCIEDAD. En la bella, por sencilla, y decimonónica descripción del Código Civil (la sociedad es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de partir entre sí las ganancias) se acrisola la mayor parte de las soluciones legislativas que vienen a regular el fenómeno societario ya en su vertiente personal como en la de las sociedades de capital. En nuestro caso, la referencia será siempre las sociedades de capital. Tal concepto es además determinante de qué intereses regula el contrato, quiénes están legitimados para exigir su cumplimiento o la orientación y finalidad de actividades y resultados. Es el contrato de sociedad el que en suma soportará las acciones de daños que ampara y el que dejará para el ámbito extracontractual otras pretensiones. Sin olvidar su vertiente institucional, correlato de su personalidad, el contrato supondrá un ejercicio de libertad para el desenvolvimiento en común de las capacidades individuales.

Abordaremos primero la configuración estatutaria de la sociedad y cómo a través de ella se determina el régimen jurídico del socio y sus derechos básicos, no dejaremos de tratar la nulidad de las sociedades y la constitución telemática de las mismas. En un segundo bloque nos fijaremos en el objeto social. Mucha es la literatura que se ha vertido en los últimos años sobre el propósito de las sociedades mercantiles. Sin embargo, en nuestro congreso intentaremos abordar problemas tangibles como la necesidad o no de incluir un objeto social de carácter lucrativo, los conflictos cuando la actividad social no se condolece con el objeto estatutario o los actos de disposición de administradores en virtud de políticas de responsabilidad social y en qué supuestos puede desembocar en responsabilidad patrimonial de dichos administradores.

Un espacio diferenciado tendrán los pactos parasociales. En forma de ronda o debate se irán desgranando distintos aspectos como el intercambio de socios, la oponibilidad en impugnación, transparencia, dividendos encubiertos, cesión de derechos políticos o mecanismos de ruptura de empates.

La segunda jornada la iniciaremos desarrollando diferentes intervenciones sobre la alteración de las partes en el contrato de sociedad. En este caso, tras fijarnos en las cláusulas estatutarias en la transmisión de participaciones y acciones, prestaremos especial atención a las particularidades en las empresas familiares y en las profesionales. Y, también, a cómo el establecimiento de garantías reales sobre acciones y participaciones puede tener incidencia en la vida social. Por fin, aún repasaremos algunos problemas derivados de la crisis de la sociedad, donde trataremos la homologación de planes de refinanciación, la venta de unidades productivas y la simple reorganización de empresas familiares.

El VI Congreso llama también a la presentación de Comunicaciones en una doble modalidad: ordinaria y de participación en el III Premio Nacional de Derecho de Sociedades “Dr. Antonio Pérez de la Cruz” a la mejor comunicación de jóvenes investigadores. Este premio, convocado junto a la editorial Tirant lo blanch, conlleva dotación económica (la más generosa en su categoría) y compromiso de publicación de una obra monográfica del ganador por la editorial Tirant lo Blanch. Las bases del premio y toda la información sobre comunicaciones pueden consultarse en el apartado correspondiente de esta web. En las propias sesiones del Congreso se procederá a la proclamación del resultado del concurso y la entrega del premio.

Confiamos en haber conformado de nuevo un Congreso que, por su contenido científico y sus actividades sociales, facilitadoras tanto del networking como del reencuentro personal, responda al interés de esta comunidad, en torno al Derecho de sociedades, que crece cada año.

Organizadores

Universidad de Málaga

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