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Ponentes:

• Raul Casado, Subdirector General de Autorizaciones y Sistemas de Gobierno, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

• Joaquín Ruíz Echauri, Socio, Hogan Lovells.

Moderador: Gonzalo Iturmendi Morales, Abogado, Socio y Director de Bufete G. Iturmendi y Asociados, S.L.P., Miembro del Consejo Académico de Fide

Objetivos La reciente regulación del marco jurídico de la Distribución de Seguros en España se regula en el RDL 3/2020, de 4 de febrero, que incluye entre otras normas la relativa a la distribución de seguros, que fue convalidada por la Resolución de 20 de febrero de 2020, del Congreso de los Diputados, que además solicitó su tramitación vía proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.A raíz de su entrada en vigor el pasado 6 de febrero todos los distribuidores deben adaptar su actividad a las nuevas exigencias legales. Los distribuidores (Aseguradoras, Corredurías, Agentes, etc.) tienen la obligación de adecuar su actividad al nuevo marco normativo de la ley de distribución. Los requerimientos legales obligarán a todos ellos a replantearse el enfoque global de su actividad, que debe pasar en gran medida por la puesta en práctica de técnicas de la gestión de riesgos.Se establecen las normas de acceso a las actividades de distribución de seguros, regula las condiciones de la actividad de distribución de seguros y reaseguros que debe llevarse a cabo y se establece el régimen de supervisión y medidas administrativas que resulte de aplicación. La norma marca las pautas a seguir por los distribuidores de seguros para adaptarse a los nuevos requisitos en materia de gobernanza de productos, conflictos de interés y normas de transparencia, con especial hincapié en la comercialización de productos de inversión basados en seguros. Se percibe un claro interés del legislador por promover la libertad de contratación de productos de naturaleza aseguradora.En esta sesión abordaremos cuestiones como: ¿Qué se consideran actividades de distribución?; ¿Quién y de qué forma puede distribuir seguros en España?; ¿Qué novedades fundamentales existen en relación a los Corredores de Seguros?; ¿Cuáles son las incompatibilidades legales en la distribución?; ¿Quiénes son y cómo quedan regulados los denominados mediadores de seguros complementarios?; ¿Cómo se regula el cambio de posición mediadora?; ¿Qué medidas introduce la norma para garantizar el control de transparencia en la contratación de seguros?; ¿Cómo debe ser el asesoramiento de los distribuidores antes de la contratación del seguro?; ¿Qué es y cómo se regula la gobernanza de seguros?; ¿Cómo queda regulada la retribución de los distribuidores?; ¿Qué obligaciones de formación recoge el nuevo marco legal para acceder a la distribución? ¿Se endurece considerablemente el régimen sancionador?

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