On demand economy ? Aspectos laborales de la prestación de servicios a través de plataformas electrónicas
Descripción
El desarrollo de la tecnología facilita la prestación de servicios a través de plataformas tecnológicas que ponen en contacto a prestadores de servicios o vendedores de bienes con sus clientes. Estas plataformas comienzan a copar todo el elenco de servicios: transporte, reparaciones o la prestación de servicios de alto valor añadido, como la consultoría general o específica.
Se trata de la denominada “on demand economy”, “gig economy” o economía “colaborativa”
La prestación de servicios través de estas plataformas está lejos de ser unívoca. Junto a operadores que se limitan a poner en contacto a prestadores y receptores de los bienes o servicios, hay otros que determinan características en la prestación de los servicios o en las condiciones de prestación o de entrega de los bienes.
Estas circunstancias tienen una influencia determinante a la hora de calificar jurídicamente a los prestadores de servicios, no sólo en España, sino en el resto de Europa o en USA.
En este encuentro analizaremos cómo están respondiendo a este reto Estados Unidos y la UE, cómo acaba de enfocar la cuestión Francia, la reciente sentencia en Reino Unido acerca del caso Uber y qué debemos considerar relevante en nuestro entorno para adecuar a la legalidad laboral estas nuevas formas de organización empresarial.
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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Memento Contratos Mercantiles 2015-2016
Organiza
Cuatrecasas Gonçalves Pereira