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La facultad de control del empresario, atribuida por el Estatuto de los Trabajadores y por otras normas del ordenamiento jurídico, alcanza el poder descubrir y probar supuestas conductas fraudulentas que le puedan ocasionar perjuicios y que, a menudo, provienen de sus propios trabajadores pero también de sus proveedores e, incluso, de sus clientes. Sin una prueba que acredite dichas conductas la empresa no puede tomar una decisión efectiva para salvaguardar sus intereses, ya sea mediante despidos, resoluciones de contrato, etc... La investigación privada, actividad que de manera exclusiva y excluyente realizan los detectives privados de conformidad con la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, consiste en la obtención de información y pruebas de conductas privadas de terceros, siendo la empresa la que se está legitimada para promover su investigación. El informe que elabora el detective privado materializa la investigación que realiza, aportándose como prueba en el proceso. Existe una importante casuística en la Jurisprudencia que demuestra la eficacia de este tipo de prueba y sobre la cuál vamos a hablar en este Webinar.

Temas a tratar

La profesión de detective privado. La prueba del informe. Medios técnicos de investigación privada y legalidad.

Medidas de control del trabajador durante la actividad laboral.

El uso de ordenadores en la empresa.

La utilización del GPS y sistemas de geolocalización. 

La video-vigilancia.

La actividad representativa (crédito horario).

Medidas de control del trabajador fuera de la actividad laboral.

La técnica del seguimiento en situaciones de bajas por IT e IP, también en las Administraciones Públicas.

La privacidad digital con la desconexión digital e investigación en redes sociales.

El control a través de instrumentos técnicos biométricos y drones.

Organizadores

Wolters Kluwer

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