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Club Financiero Génova Calle del Marqués de la Ensenada, 16
Madrid
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El fondo de comercio es continuamente objeto de debates contables y fiscales y su regulación ha sufrido fuertes vaivenes a lo largo de los años. La Ley de Auditoría de Cuentas publicada el pasado mes de julio de 2015 (Ley 22/2015, de 20 de julio) ha modificado el artículo del Código de Comercio que lo regula y recupera nuevamente la necesidad de amortizar el fondo de comercio al considerarlo un activo de vida útil definida.

La nueva legislación, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2016, y establece que la vida útil del fondo de comercio “se presumirá, salvo prueba en contrario” en 10 años.

Adicionalmente la norma también se ha modificado para considerar que todos los inmovilizados intangibles son activos de vida útil definida. Cuando la vida útil de estos activos no pueda estimarse de manera fiable se amortizarán en un plazo de 10 años, salvo que otra disposición legal o reglamentaria establezca un plazo diferente.

Se trata de una reforma de la normativa actual de muy amplio calado, ya que, hasta ahora, tanto el fondo de comercio como otros inmovilizados intangibles de vida útil indefinida se veían sometidos a un test de deterioro anual que podía arrojar o no la contabilización de un deterioro. A partir de la reforma, la amortización de estos activos se presume sistemática, sin perjuicio de que si adicionalmente existen indicios de deterioro al cierre del ejercicio sea preciso contabilizar una corrección valorativa adicional.

El cambio es muy relevante y afectará a todos los directivos del área financiera-contable de las empresas que deben analizar el impacto en sus cuentas de resultados, la capacidad de distribución de dividendos a corto y medio plazo y en qué medida afecta a sus posibles planes de fusiones y adquisiciones.

Dada la importancia de esta reforma que afecta sustancialmente al resultado económico de las empresas, hemos reunido a ponentes de primer nivel que analizarán las cuestiones que tiene que tener en cuenta para realizar una correcta planificación con la legislación vigente desde el 1 de enero de 2016.

Por todo ello, esperamos que sea de su interés y tengamos la oportunidad de saludarle personalmente el 18 de mayo en el Club Financiero Génova de Madrid.

Se adjunta programa

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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Formularios Prácticos Fiscal (Internet)

Organizadores

IFE - Instituto de Fomento Empresarial

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