Prohibición de contratar con la administración impuesto a empresas que infringen la Ley de Defensa de la Competencia
Jornada - Derecho Mercantil (presencial)
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Ponentes:
- Alberto Palomar, Profesor Titular de Derecho Administrativo (Acreditado por la ANECA), Universidad Carlos III de Madrid.Magistrado de lo contencioso-administrativo.
- Alejandro Huergo, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Oviedo.
Moderadora: María Ortiz, Consejera Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Objetivos: A finales de 2015, las Cortes modificaron el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para añadir una más a la ya larga lista de prohibiciones de contratar con el sector público, que en este caso afecta a las empresas que hayan sido sancionadas por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia.
Los infractores se ven así enfrentados a una amenaza que en muchos casos puede ser todavía más temible que las sanciones económicas: la de verse excluidos de la contratación pública. El modo elegido para incorporar esta prohibición de contratar plantea, sin embargo, numerosos interrogantes sobre los requisitos materiales y procedimentales que deben cumplirse para aplicar esta la prohibición, y en definitiva sobre la propia eficacia práctica que cabe esperar de la norma.
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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Memento Sociedades Mercantiles 2016
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