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INBLAC es ofrecer a nuestros asociados/as pautas y orientaciones sobre cómo resolver de forma práctica algunos de los principales problemas que ofrece el desarrollo del nuevo reglamento.
-Primera Ponencia: Problemas prácticos relacionados con las obligaciones formales de los sujetos obligados y su conciliación con el Compliance Penal – A cargo de los expertos en estas temáticas, Francisco L. Bonatti Bonet y Joaquin Mena.
El polémico Art. 31 del Reglamento viene a diferenciar a los sujetos obligados en función del número de personas ocupadas y de ciertas variables económicas, configurando dos sistemas de obligaciones formales distintos: uno “simplificado” destinado a los sujetos obligados “pequeños” y otro “ordinario” para los sujetos obligados “grandes”.
Sin embargo, las obligaciones materiales permanecen vigentes para ambos grupos, que deberán aplicar en todo momento las medidas de diligencia debida, así como los deberes de abstención y comunicación, agravándose esta situación con la entrada en vigor de la reforma del Art. 31 Bis del Código Penal y la reforma de la Ley de Sociedades de capital, que generan un grupo de sujetos obligados especialmente vulnerable: las sociedades mercantiles con menos de 10 personas ocupadas o menos de 2 MM de activo neto.
En esta primera ponencia trataremos fundamentalmente, de aprender a delimitar cuando un sujeto obligado pertenece a uno u otro grupo, cómo debemos aplicar los programas de PBC en cada grupo y cómo podemos implementar conjuntamente las obligaciones formales del Reglamento y un sistema de cumplimiento normativo penal (CMS)
-Segunda Ponencia: Los sujetos obligados frente a la Financiación del Terrorismo: Cómo implementarla en los Manuales de Prevención de nuestros clientes – Juan Miguel del Cid
En muchas ocasiones olvidamos que la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales es también la Ley de Prevención de Financiación del Terrorismo. Por ello, las medidas de prevención de financiación del Terrorismo son las grandes ausentes de los sistemas de Prevención de los Sujetos Obligados.
Nuestro Presidente de Honor, Juan Miguel del Cid, impartirá una sesión eminentemente práctica sobre las medidas efectivas que deben implementar los sujetos obligados en sus políticas y manuales para prevenir eficazmente la financiación del terrorismo.
-Tercera Ponencia: España y Andorra contra el blanqueo: una nueva realidad.
Para esta ponencia contaremos con la inestimable participación en nuestra jornada de D. Carles Fiñana, Director de la Unidad de Inteligencia Financiera del Principado de Andorra, una de las figuras de mayor prestigio en esta campo de investigación y gran experto en la materia, quien explicará detalladamente las políticas de prevención de Blanqueo y Financiación del Terrorismo que se aplican en su país, así con el marco en que se desenvuelve la colaboración entre Andorra y España en la lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo.
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La aprobación y entrada en vigor, el pasado año, del nuevo Reglamento sobre Prevención de Blanqueo de Capitales, completó el marco legal del Sistema de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo en España.
Sin embargo, en su aplicación práctica por los expertos, el Reglamento deja dudas de aplicación con incidencia sobre las políticas que deben aplicar los Sujetos Obligados.
La voluntad de INBLAC es ofrecer a nuestros asociados/as pautas y orientaciones sobre cómo resolver de forma práctica algunos de los principales problemas que ofrece el desarrollo del nuevo reglamento.
-Primera Ponencia: Problemas prácticos relacionados con las obligaciones formales de los sujetos obligados y su conciliación con el Compliance Penal – A cargo de los expertos en estas temáticas, Francisco L. Bonatti Bonet y Joaquin Mena.
El polémico Art. 31 del Reglamento viene a diferenciar a los sujetos obligados en función del número de personas ocupadas y de ciertas variables económicas, configurando dos sistemas de obligaciones formales distintos: uno “simplificado” destinado a los sujetos obligados “pequeños” y otro “ordinario” para los sujetos obligados “grandes”.
Sin embargo, las obligaciones materiales permanecen vigentes para ambos grupos, que deberán aplicar en todo momento las medidas de diligencia debida, así como los deberes de abstención y comunicación, agravándose esta situación con la entrada en vigor de la reforma del Art. 31 Bis del Código Penal y la reforma de la Ley de Sociedades de capital, que generan un grupo de sujetos obligados especialmente vulnerable: las sociedades mercantiles con menos de 10 personas ocupadas o menos de 2 MM de activo neto.
En esta primera ponencia trataremos fundamentalmente, de aprender a delimitar cuando un sujeto obligado pertenece a uno u otro grupo, cómo debemos aplicar los programas de PBC en cada grupo y cómo podemos implementar conjuntamente las obligaciones formales del Reglamento y un sistema de cumplimiento normativo penal (CMS)
-Segunda Ponencia: Los sujetos obligados frente a la Financiación del Terrorismo: Cómo implementarla en los Manuales de Prevención de nuestros clientes – Juan Miguel del Cid
En muchas ocasiones olvidamos que la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales es también la Ley de Prevención de Financiación del Terrorismo. Por ello, las medidas de prevención de financiación del Terrorismo son las grandes ausentes de los sistemas de Prevención de los Sujetos Obligados.
Nuestro Presidente de Honor, Juan Miguel del Cid, impartirá una sesión eminentemente práctica sobre las medidas efectivas que deben implementar los sujetos obligados en sus políticas y manuales para prevenir eficazmente la financiación del terrorismo.
-Tercera Ponencia: España y Andorra contra el blanqueo: una nueva realidad.
Para esta ponencia contaremos con la inestimable participación en nuestra jornada de D. Carles Fiñana, Director de la Unidad de Inteligencia Financiera del Principado de Andorra, una de las figuras de mayor prestigio en esta campo de investigación y gran experto en la materia, quien explicará detalladamente las políticas de prevención de Blanqueo y Financiación del Terrorismo que se aplican en su país, así con el marco en que se desenvuelve la colaboración entre Andorra y España en la lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo.
Organizadores
INBLAC, Instituto de Expertos Externos en Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo
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