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Ponentes:• Joaquín Nieto, Director de la Oficina de la OIT en España.

• Ana de la Puebla, Catedrática de Derecho del Trabajo de la Universidad Autónoma de Madrid.

Moderador: Carlos de la Torre García, Of Counsel, Laboral de Baker&Mckenzie. Inspector de Trabajo (en excedencia)Objetivos:La Organización Internacional del Trabajo, ha abierto un debate sobre el futuro del trabajo en todos sus estados miembros, que se desarrollará hasta 2019 (año del centenario) y que pivota en cuatro ejes temáticos: trabajo y sociedad; trabajo decente para todos; la organización del trabajo y la producción; y la gobernanza del trabajo. Desde la OIT, se ha alertado de la existencia de una generación sin futuro a nivel mundial si no se crean 400 millones de empleos en los próximos 15 años y se ha destacado que hay 200 millones de desempleados en el mundo, de los cuales 71,5 millones son menores de 25 años. También se reconoce que la agenda climática adoptada en la cumbre de París hacia una economía baja en carbono modificará el sistema de producción mundial y conllevará la desaparición de muchos sectores y empleos y su sustitución por otros emergentes por lo que se precisará una transición justa. Además, la creciente fragmentación de los procesos productivos y la digitalización de la economía están teniendo un impacto en la organización de la producción y de los empleos. El objetivo, según la OIT, debe de ser avanzar hacia el trabajo decente con derechos laborales, salario digno y protección social también en las cadenas de suministro, ya que según la OIT un 50% de los trabajadores en el mundo no cuentan con ningún sistema de protección social. En el ámbito de la economía colaborativa y del trabajo decente en las plataformas digitales puede haber un nuevo campo de juego para la RSE ya que las empresas que emergen en esta nueva economía también van a tener que rendir cuentas ante sus grupos de interés y puede que tengan que ir más allá del cumplimiento normativo para generar aceptación social.En la presente sesión, se debatirá sobre el impacto en el empleo de las nueva economía colaborativa (sharing economy) como nuevo paradigma de consumo basado en el intercambio entre particulares de bienes y servicios a cambio de una compensación pactada entre las partes a través de la existencia de una relación triangular de tres actores destacados, a saber: (i) las plataformas digitales intermediarias; (ii) los usuarios finales o consumidores y (iii) los ciudadanos productores (crowdworkers) que intervienen en el mercado laboral como individuos autónomos, con capacidad de organización propia y sin estructura, más allá de su trabajo, que ofrecen sus servicios, a veces de manera ocasional, a veces de manera profesional, con gran independencia en trabajo a demanda y por proyectos y sin vinculo permanente. La nueva economía colaborativa abre enormes retos desde el punto de vista regulatorio y plantea el debate sobre la aplicabilidad plena o no de las normas fiscales, laborales o de protección industrial o intelectual en función del tipo de plataforma y la naturaleza de los servicios que presta o son objeto de intercambio.Además, se abordará el futuro del trabajo en la nueva economía colaborativa desde una perspectiva internacional de posible aplicación de convenios internacionales de la OIT pero también a la luz de recientes decisiones judiciales del TJUE sobre el concepto de trabajador y las primeras resoluciones en Londres y California (sobre UBER) así como y las actuaciones de la Inspección de Trabajo y de Tribunales mercantiles y/o laborales en España. Asimismo, se avanzarán los elementos conceptuales claves en la normativa española sobre ajenidad y dependencia y las figuras legales aplicables a los ciudadanos productores (¿trabajadores autónomos? ¿TRADE? ¿trabajadores por cuenta ajena?) y la posible perspectiva de la responsabilidad social de los distintos agentes (plataformas y usuarios) en la relación con este tipo de nuevos empleos. 

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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

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