Criterios para el cómputo del plazo final del procedimiento sancionador cuando ha sido suspendido durante su tramitación
Jornada - Derecho Mercantil (presencial)
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Ponentes:
Antonio Guerra, Abogado Uría Menéndez. Miembro del Consejo Académico de Fide
Joaquim Hortalá, Jefe Asesoría Jurídica Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).Moderador: Francisco Marcos, Profesor del IE Law School.Miembro del Consejo Académico de Fide
Objetivos La Sentencia del Tribunal Supremo (sala 3ª, sección 3ª) de 26 de julio (Suministros Marval) aclara los criterios jurídicos para el cómputo del plazo final de caducidad del procedimiento sancionador en materia de defensa de la competencia (establecido en el art. 36 de la Ley de Defensa de la Competencia) cuando durante su tramitación hubiera sido suspendido una o más veces.
En ella el Tribunal Supremo explica un enigmático párrafo de su previa Sentencia de 15 de junio de 2015 (Puig) –redactada por la misma ponente- que había llevado erróneamente a la Audiencia Nacional a la anulación por caducidad de las sanciones en el expediente del cártel del transporte en el puerto de Valencia (S/314/10, RCNC de 26 de septiembre de 2013) y del cártel de los distribuidores de saneamiento (S/0303/10, RCNC de 23 de mayo de 2013).
Durante la sesión se discutirán las implicaciones del fallo del Tribunal Supremo, revisando las reglas vigentes en materia de:-Caducidad-Cómputo de los plazos de los expedientes (“dies ad quem” y “dies a quo”)-Causas de suspensión
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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Memento Sociedades Mercantiles 2016
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FIDE
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